sábado, 31 de marzo de 2018

El derecho de acceso a Internet y protección a la privacidad.

Ciro Añez Núñez*


El Internet​ nace con ARPANet (Advanced Research Projects Agency Network o Red de la Agencia para los Proyectos de Investigación Avanzada de los Estados Unidos), es decir en la década de los años 60 era un proyecto militar estadounidense para crear una red de ordenadores que uniera los centros de investigación dedicados a labores de defensa en los Estados Unidos. 

Entre las personalidades pioneras del Internet se encuentran Joseph Carl Robnett Licklider, Radia Perlman, Robert W. Taylor, Paul Barán, Donald Davies, Ada Lovelace, Grace Murray Hopper,  Lynn Conway, Kim Polese, entre otros.

Con el tiempo fue cambiando ese enfoque inicial para que pueda expandirse los beneficios en la comunicación que esto podría traer para la humanidad.

En el año  1972 se realizó la primera demostración pública de ARPANET, una nueva red de comunicaciones financiada por la DARPA (Defense Advanced Research Projects Agency) que funcionaba de forma distribuida sobre la red telefónica conmutada.

El éxito de esta nueva arquitectura sirvió para que, en el año 1973, la DARPA iniciara un programa de investigación sobre posibles técnicas para interconectar redes (orientadas al tráfico de paquetes) de distintas clases. Para este fin, desarrollaron nuevos protocolos de comunicaciones que permitiesen este intercambio de información de forma "transparente" para las computadoras conectadas. Es así que de esta filosofía del proyecto surgió el nombre de "Internet", que se aplicó al sistema de redes interconectadas.

Posteriormente, un grupo de físicos encabezado por Tim Berners-Lee creó el lenguaje HTML y fue en el año 1990 que este mismo equipo construyó el primer cliente Web, llamado WorldWideWeb (WWW).

De esta manera, gracias a las nuevas facilidades de interconexión y herramientas gráficas simples para el uso de la red, en la década de los años 90 fue cuando empezó el auge que actualmente conocemos como Internet.

En esta era de la tecnología de la información y la comunicación (TIC), el Internet constituye una herramienta importante para la sociedad civil moderna; por lo tanto, merece de una especial atención.

En fecha 28 de julio de 2006, la Organización de las Naciones Unidades convocó a la Cumbre de la Sociedad de la Información, habiendo efectuado el compromiso de Túnez tomando como referencia la  Declaración de Principios para Construir la Sociedad de la Información.

Posteriormente, el Consejo de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidades adoptó la resolución A/HRC/20/L.13 del 29 de junio de 2012 sobre la promoción, protección y disfrute de los derechos humanos en Internet.

El acceso a Internet está reconocido como un derecho fundamental por las leyes de varios países (como ser: Grecia, Finlandia, Perú, España, y Estonia).

Este derecho implica que toda persona pueda acceder a Internet con el fin de ejercer y disfrutar de sus derechos a la libertad de expresión, de opinión y otros derechos humanos fundamentales que conforman la democracia.

La Sociedad de la Información consiste en aquellas tecnologías que facilitan la creación, distribución y empleo de la información, la cual cumple un rol esencial en las actividades sociales, culturales y económicas.

Actualmente dicha Sociedad de la Información 
es imparable puesto que el Internet ha transformado las naciones potenciando las libertades, en especial, la libertad de expresión y ha hecho accesible el acceso a una inmensa información de manera global, lo cual ha derivado a que existan espacios de comunicación, las personas pueden ingresar a importantes bibliotecas virtuales y a través del trabajo colaborativo se puede desarrollar importantes enciclopedias virtuales, se han creado mercados cibernéticos, es posible realizar ciberactivismo, etc.

Ya no es novedad de que hoy en día las mayores actividades (pago de pensiones escolares, impuestos, compra de pasajes aéreos, terrestres, arrendamiento de vehículos, casas, pasaje del ferry, del metro, etc.) en el mundo se realizan mediante comercio electrónico y a través de la innovación se contribuye al desarrollo cultural, educativo, social y de salud.

Con todo ello, el Internet ha posibilitado derrumbar los muros de las aulas de distintas universidades, se ha traspasado barreras, fronteras y demás limitaciones físicas. En muchas regiones del mundo, existen esfuerzos en los países para aplicar programas de aprendizaje en el uso del Internet a su población, como una forma de evitar ser presas de la ignorancia y la manipulación, lo cual puede ser un factor más para el progreso.

En Bolivia no contamos literalmente con el derecho de acceso y uso del Internet; sin embargo, el artículo 21 num. 6) de la Constitución boliviana consagra el derecho de acceso a la información, y estando acorde con los tiempos actuales, resulta que la mejor manera de acceder a la información es mediante el uso del Internet, por lo tanto, amerita que mediante jurisprudencia constitucional a partir del derecho de acceso a la información se derive el derecho y la garantía de acceso libre y uso del Internet, garantizándoseles a las personas los bienes jurídicos protegidos de intimidad, honor e inviolabilidad de las telecomunicaciones.

De esta manera, se debe reconocer el derecho al acceso y uso del Internet como un derecho fundamental y a su vez derecho humano de cuarta generación, pues los beneficios a favor de la sociedad civil es amplia, acrecentando los alcances de la educación e instrucción de las personas en nuestro país, el cual contribuye al desarrollo del individuo para la adquisición y producción de conocimiento mediante el trabajo colaborativo entre seres humanos, así como la accesibilidades a múltiples servicios tanto públicos como privados. De surgir este derecho, el mismo sería tutelado a través de la acción de amparo constitucional.

Actualmente, existen muchos programas desarrollados en ambientes virtuales que transitan por Internet y son de fáciles acceso para los usuarios, entre ellos se encuentran las redes sociales.

En este mundo ruidoso donde casi todos desean ser oídos porque se tiene algo que decir, mostrar o vender, las redes sociales se convirtieron en la plataforma ideal para dichos propósitos, desde Facebook, twitter,  YouTube, Flickr, Tuenti, MySpace, LinkedIn, Instagram, etc., se busca seguidores conectados que estén dispuestos a leer, probar, comprar y hacer correr la voz.

Facebook te pregunta: ¿qué estás pensando?, Twitter por su parte pregunta ¿qué estás haciendo? o ¿qué pasa?, y así cada red social se direcciona en algo en particular por cuanto el ser humano tiene la necesidad de socializar y estar conectado con el resto del mundo.

Recordemos, antes las cartas se enviaban con un único destinatario y su redacción llevaba  un buen rato de tiempo. Hoy en día, no es extraño para las personas que están en Twitter, seguir y ser seguidos por miles de personas y recibir de cada uno, varios mensajes al día, fotografías, actualizaciones de estado, etc., todo ello de forma inmediata, llegando a construirse cada persona su propia identidad digital.

Como bien sabemos, la sociedad mundial está compuesta por personas vivientes e imperfectas, muestra de ello es que nosotros también somos personas imperfectas (es decir, podemos ser proclives a incurrir en errores, malos actos, entre otros, que conllevan a su vez a responsabilidades), por ende todo tiene un lado bueno y otro malo, lo mismo ocurre con estos programas digitales que también pueden ser usados por personas naturales y por funcionarios de compañías internacionales y multinacionales con fines buenos o malos.  

Ya en el año 2013, Edward Snowden, antiguo empleado de la CIA y  de la NSA (Agencia de Seguridad Nacional), advirtió al mundo sobre la posibilidad de destruir la privacidad, de violar la libertad en Internet y vulnerar las libertades básicas de la gente de todo el mundo con una gigantesca máquina de vigilancia que se estaría construyendo en secreto, cuyo programa llevaría el nombre de PRISM.

Posteriormente en el año 2016, los medios de comunicación dieron a conocer nuevas revelaciones sobre información confidencial concerniente a espionaje, esta vez por parte de Harold Thomas Martin, a quien se le ha puesto por sobrenombre: “el nuevo Snowden”.

Del mismo modo, hace poco se hizo pública la noticia de que una consultora manipuló con fines políticos información de más de 80 millones de usuarios de Facebook en Estados Unidos.

Advirtamos de antemano que todos estos programas digitales denominados como redes sociales online son ofrecidos de manera gratuita por grandes compañías internacionales, quienes con el transcurrir del tiempo van almacenando a nivel mundial una enorme base de datos de cada ciudadano del mundo.

En ese sentido, el Internet introdujo la "inmediatez y la gratuidad" como dos variables en la vida cotidiana; sin embargo, desde una perspectiva comercial debemos entender que ante un servicio que no se paga no podemos decir que somos clientes, ya que realmente somos la mercancía que se vende, por ende, no existe nada gratis, alguien lo paga o se paga con nuestros datos. En ese sentido, es de suma importancia la información que se entrega o se exhibe en estas plataformas virtuales (emails gratis, sitios web de redes sociales, etc.).

Ahora bien, desde una perspectiva del Derecho, si algo es gratis no significa que quien lo use esté inmediatamente autorizando a que violen su derecho a la intimidad y privacidad de las comunicaciones, por ende,  entre otras cosas, urge a nivel mundial que a todas estas empresas dedicadas al desarrollo de software “gratis”, se les realice una revisión de los contratos de adhesión que firman automáticamente los usuarios cuando bajan o instalan una aplicación a sus computadoras, teléfonos celulares, etc., dado que aprovechando que el usuario no los lee, existen muchas cláusulas abusivas o leonina inmersas en dichos contratos que deberían ser eliminadas porque alteran sustancialmente el contrato y por ende los datos personales pueden ser manejados sin discreción alguna.

Amerita empezar a analizar jurídicamente los datos personales como mercancía, esto es, con un valor patrimonial y en consecuencia buscar su protección como propiedad privada, debiendo emerger las debidas responsabilidades tanto de orden civil como penal conforme a los principios y garantías constitucionales en los diferentes países. 

Al mismo tiempo, para aquellas empresas dedicadas a construir a favor de la gente del mundo alguna red social por Internet, deberían implementar con mayores exigencias de calidad programas de cumplimiento normativo o Corporate Compliance penal para evitar situaciones como las ocurridas con Facebook, puesto que todos los funcionarios de dichas empresas necesariamente deben actuar éticamente y a su vez éstas deben ser capaces de demostrarlo.

En este mundo globalizado, esta iniciativa pudiera ser un pequeño avance en la protección de los derechos del ciudadano del mundo que transita por las redes sociales de Internet.

*Abogado de litigios y Asesor Jurídico de Empresas.