Ciro
Añez Núñez*
“Seguridad Jurídica” es un principio del
Derecho, universalmente reconocido, que contempla el rol del Estado en
resguardar que el orden normativo se cumpla a cabalidad en todos aspectos de la
vida nacional. De allí que involucra tanto “certeza
jurídica” (la previsibilidad de las
reglas de juego) como “calidad
institucional”; pues en sentido amplio implica la eficacia en el
cumplimiento de las disposiciones legales, esto es, el respaldo de los poderes
ejecutivo, judicial y legislativo a los derechos y deberes que tienen las
personas en virtud de la ley.