Actualmente en nuestro país se
promueve un debate sobre el aborto libre. Todo debate en cualquier ámbito del
conocimiento se circunscribe a dos o más posiciones o ideas “definidas” casi
con sustento dogmático. Si no existen esas posiciones definidas no existe
debate, de esta manera la ambigüedad solo produce pendencia y confusión.
Ahora bien, con el propósito
de aportar con una posición definida sobre esta temática, mencionar que en
nuestra legislación el aborto libre se encuentra sancionado penalmente (art.
263 y siguientes del Código Penal) dado que se protege el derecho a la vida de quien está por nacer (no se trata de la vida de los progenitores tampoco de proteger los caprichos de éstos sino de la vida quien está por nacer) y esto se encuentra
consagrado en el art. 15 de la
Constitución Política del Estado, el art. 3 de la Declaración Universal de los
Derechos Humanos, el art. 4 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(Pacto de San José de Costa Rica), el art. 6 del Pacto Internacional sobre
derechos civiles y políticos; etc.