Ciro Añez Núñez.
Actualmente (a más de un año de
pandemia), existen muchos colegios que ya tienen implementado las clases
virtuales en el desarrollo de sus programas escolares (con la debida
tolerancia, si existiera algún estudiante enfermo), sin poner en riesgo la
salud de sus estudiantes ni de sus profesores, entonces ¿por qué el Ministerio de Educación se empecina para TODOS en general,
privar el derecho a la educación de niños y adolescentes bajo el argumento de
cuidar la salud pública, y alargar las vacaciones a más de tres semanas?.
Todos los niños tienen derecho a
una educación. La educación no consiste únicamente en aprender a leer y
escribir, sino que constituye la base del desarrollo personal porque la
educación será su mejor herramienta para construirse una vida digna.
El principio 7 de la Declaración
de los Derechos del Niño, establece que el niño tiene derecho a recibir
educación. Y todos tenemos la responsabilidad de que este derecho fundamental
se cumpla.
La Educación es un derecho humano
fundamental que ocupa el centro mismo de la misión de la UNESCO y está
indisolublemente ligado a la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) y
a muchos otros instrumentos internacionales en derechos humanos.
El derecho a la educación es uno
de los principios rectores que respalda la Agenda Mundial Educación 2030, así
como el Objetivo de Desarrollo Sostenible 4 (ODS 4), adoptado por la comunidad
internacional. El ODS 4 está basado en los derechos humanos y tiene el
propósito de garantizar el disfrute pleno del derecho a la educación como
catalizador para lograr un desarrollo sostenible.
De allí que los Estados deben
hacer su máximo esfuerzo para velar por el acceso universal y sin
discriminación a la educación de los niños, niñas, adolescentes y adultos que
estudian, tal como lo establecen los instrumentos internacionales y la propia
Constitución boliviana en su artículo 82-I.
En ese contexto (posibilidad de
clases virtuales en algunos colegios), no es admisible, imponer la absurda idea
de privar el derecho a la educación a dicho sector que puede hacerlo, para
igualar el detrimento (por la ineficiencia estatal) y lograr la privación de
dicho derecho para todos en general; como tampoco, es admisible, que se
respeten unos derechos, mientras se vulneran otros: no cabe hacer distinciones
entre las fuentes de ofensa a la dignidad humana, que es el bien esencial que
forma el objeto de los derechos humanos.
Imponer multas por cumplir el
derecho a la educación, sería un total despropósito. Recordemos que el año
pasado, fueron UNESCO y UNICEF, quienes afirmaron “la educación debe continuar
durante la emergencia sanitaria”; y, hoy en día, al encontrarnos a un año y
tres meses de pandemia, reiteramos, existen ya muchos colegios que cuentan con
las posibilidades de impartir clases virtuales, sin los enormes inconvenientes
del año pasado, en cuanto a recursos técnicos y humanos (capacitados en las
TICs).
Si bien es probable que los
colegios privados para evitarse multas, no se atreverán a pasar clases
virtuales en esta semana; sin embargo, es bueno saber que, ante la privación de
dicho derecho, en esos escenarios o de seguir extendiéndose más el plazo de las
vacaciones, aquellos quienes pueden acceder a la educación mediante clases
virtuales acorde a su realidad y elección (art. 88-II de la Constitución), podrían
interponer (cumpliendo las formalidades correspondientes) una acción de
protección en contra del Estado, con el fin de satisfacer ese derecho. Si, aun
así, no se respeta ni se garantiza dicho derecho, se podría parafrasear
aquellas palabras de Gloria Álvarez: "los
gobiernos te quieren ignorante y no tienen ninguna intención de dar al pueblo,
educación de calidad".