Ciro Añez Núñez.
Recientemente, como asesor legal empresarial, fui entrevistado por el Diario “El Deber”, concerniente al perjuicio que causa el contrabando, misma que fue publicada, el día domingo 12 de noviembre del presente año, en el informe central del ámbito "Económico" del referido medio de prensa.
En
Bolivia, convivimos en una paradoja, pues al formal (aquel que se
encuentra presente y activo en el sistema), se lo trata bajo sospecha,
por cuanto está sometido a una serie de seguimiento, investigación, control e
invasión a su propiedad privada además de las cargas impositivas y sociales,
también está sujeto a irrupciones a su privacidad, mientras que, al informal,
resulta casi todo lo contrario, se les tiene poco control, se les exige menos y
hasta se es más permisivo (Ej.: el contrabando).
Referente a la poca protección de privacidad, en el
sector formal, cabe mencionar la Resolución Administrativa N° UIF/15/2023 de
fecha 14 de abril de 2023, por el cual se emite el Instructivo Específico para
Actividades y Profesiones no financieras (APNFD), donde se establece como
sujetos obligados a dar información de sus clientes a las empresas de actividad
inmobiliaria –Grandes Contribuyentes- (GRACO) y empresas con actividades
legales jurídicas o de contaduría- GRACO.
En ese sentido, es menester entender el valor de la
“transparencia” empresarial de los “propios actos” de la empresa, como algo sin
duda alguna positivo, pero, sin que ello implique bajo el pretexto de
transparencia, incitar de forma abusiva y arbitraria, a violar la privacidad
entre privados (información y datos de sus clientes). - Son dos cosas muy
distintas: Transparencia y violar privacidad de terceros.
La confianza de los clientes es vital en la
productividad, máxime en la Era de los datos y de la información, se debería
impulsar la ética y la privacidad; sin embargo, se está induciendo a todo lo
opuesto.
El verdadero protagonista, en realidad, es quien
invierte con integridad, el que produce y puede realmente generar y dar
empleos, más aún, en estos tiempos, donde también se adolece de un serio
problema de desempleo.
Desde mayo del presente año, los expertos indicaron
sobre la reducción de liquidez en el sistema financiero, la cual se ve
acentuada por varios factores, como ser: la falta de dólares, caso Fassil, el
desempleo, entre otros más, y éstos a su vez van asociados hacia un mayor
empleo informal. Incluso, en agosto del año pasado, ya informaban los medios de
comunicación que aproximadamente el 90 % de los bolivianos tiene empleos
informales y carecen de seguro de salud.
En esas simbiosis de lo formal e informal se
acrecienta la falta de ética en los negocios, por cuanto dicha informalidad
laboral, a través del aprovechamiento desvergonzado, se convierte en funcional
para el sector formal, es decir, estamos hablando de una informalidad funcional
para el formal inescrupuloso, dado que éste saca tajada y se provee de bienes y
servicios baratos, permitiendo eludir la legislación (Ej.: promoviendo
la dispersión de los trabajadores, los subcontratos, la creación de un círculo
vicioso de pasantías sin poder adquirir un contrato, etc., situación que ya fue
años atrás advertido por la propia OIT bajo el rótulo: alerta sobre abuso de
sistema de pasantías laborales).
Ahora, en el tema del contrabando, adviértase que
antes del año 2009 se consideraba delito contrabando cuando el valor de los
tributos omitidos de la mercadería decomisada era superior a 10.000 Unidades de
Fomento de la Vivienda (UFVs) pero mediante Ley Financial del año 2009 (siendo
que la naturaleza de dicha ley, no es para cambiar o crear delitos; y, peor aún
sin tener siquiera una base técnica o justificación de motivos con análisis
especializado), dicha ley financial 2009, modificó el contrabando, indicando
que será delito cuando el valor de los tributos omitidos de la mercadería
decomisada sea superior a 200.000 Unidades de Fomento de la Vivienda (UFVs),
con lo cual, se abrió un margen mayor de ilicitud, esto es, más permisivo al
contrabando, conllevando a una falsa guerra del mismo, pues dicha disposición
más adelante se vio ratificada y consolidada mediante la ley financial 2013
hasta la actualidad.
Es decir, que si el valor de los tributos omitidos
de la mercadería decomisada es por debajo de los 200.000 UFVs no es delito sino
contravención, el autor del hecho, no será investigado ni procesado penalmente.
Aquel discurso sobre la tesis abolicionista que
pretenda usarse a los Estados a favor de un contrabando (que no sea
punitivo) o se pretenda alegar la tesis de un Derecho Penal Mínimo en
este tema del contrabando (cuando ni siquiera existe una real presencia
del Estado en determinadas zonas de Bolivia que son peligrosas por el
contrabando, no existe un eficiente y verdadero control de fronteras –en
lugares desolados-, existen mafias del contrabando mezclado con narcotráfico
operando según las noticias), termina siendo tan solo pura hipocresía
y excusas, pues les resulta totalmente contradictoria, dado que, por un lado,
a) se pregona una ley anticorrupción con fuertes matices del Derecho Penal del
Enemigo, totalmente represivo, desproporcionado y abusivo; y, por el otro, b)
en temas de contrabando (el cual transita por la corrupción: corrupción
aduanera, cohecho, etc.), resulta que desea beneficiarlo ampliamente
siendo que afecta a la economía nacional (bien jurídico protegido).
El criterio de fronteras abiertas es una tesis aún
no consolidada y mientras tanto, se sigue cometiendo competencia desleal y
contaminación total delictiva entre contrabando y corrupción, incluso muchas
veces de forma totalmente descarada.
Lamentablemente existe un sector de la sociedad con
angurria de conseguir dinero de forma ilícita y ven a la corrupción como un
medio de vida y un factor que les permite mejorar su economía de forma
totalmente desvergonzada. Esta situación provoca una inversión de valores. La
economía informal e ilícita considera a la corrupción como: Rentable (porque
logra enriquecerse – ilícitamente -), Impune (a través del
soborno, de la retardación de justicia, etc. consiguen no ser sancionados y –
en algunos casos- menos aún llegan a ser investigados) y
Favorable (consideran que el potencial económico que pueden obtener
producto de la corrupción, les ayuda a camuflarse como personas prósperas,
alcanzando un supuesto prestigio únicamente por el dinero que ostentan).
Por lo tanto, no se debe premiar al informal como
tampoco al ferviente codicioso inescrupuloso que aparenta decencia y formalidad
pero que en realidad no lo es, dado que vive de la mentira y del engaño, es
decir, aquella persona que considera que no estamos aquí para cambiar el mundo,
sino únicamente para ganar dinero, quien lleva por mentalidad de que la ética
es tan sólo un estorbo para alcanzar su objetivo, que es ser rico y que pobres
sean los santos, confundiendo “ser” con “tener” y la riqueza material con el alma, pues
se puede tener mucho pero ser pobres con dinero, esto es, puede tener mucho
y “ser” muy poco. Y esto, exactamente lo mismo ocurre, con
aquellos sinvergüenzas facinerosos, que alegan que el contrabando es necesario
para no ser pobre.
Entre
las sugerencias, para bajar la intensidad del pisotón de los gobernantes hacia
los formales éticos (no a los emprendedores prebendarios y/o
empresaurios corruptos), alentándolos a mayor inversión, teniendo en
cuenta que son ellos, quienes son capaces de generar sanos empleos, podría
señalar las siguientes:
Previo
análisis de especialistas serios, reducir la brecha de arbitrariedad e ilicitud
en el contrabando, por ejemplo, retornando a su redacción original del artículo
181 del Código Tributario antes del año 2009, esto con el fin de que la lucha
contra este delito sea auténtica. Al mismo tiempo, bajar el costo de los
impuestos, dado que es evidente que muchas personas no pueden cumplirlos;
muestra de ello es que se ha proliferado en magnitud la informalidad y a
quienes actualmente se los agobia en sobremanera y de forma permanente son a
las minorías formales. Ej.: el valor del IVA cuya tasa efectiva es
aproximadamente del 15% bajar al 5%. De esta manera todos podrían y estarían
obligados a pagarlo, debiendo ser eliminado el régimen simplificado, además que
se le brinda la oportunidad al informal que cambie de proceder, es decir, el
actual delincuente informal (contrabandista) vería los
beneficios de la legalidad, puesto que gracias a ella, podría acceder a una
serie de beneficios como: acceso a créditos, expansión legal de su negocio,
establecer una empresa, posicionar una marca, etc.; por lo tanto, cambiaria de
bando por el costo de oportunidad que ella le ofrece. El Estado debería ofrecer
suficiente seguridad jurídica y oportunidades para que existan cada vez más
formales y menos informales en el país.
Así
también, entender que la lucha contra la corrupción administrativa no será
eficaz creando más burocracia. La corrupción administrativa o pública (Ej.-
Corrupción en Aduana), la cual emerge de la burocracia no se reducirá
generando, alimentando y potenciando más burocracia (con nuevas direcciones
públicas, unidades de lucha contra la corrupción, nuevas formas de
administración pública que involucre nuevos y más cargos, etc.). En
ese sentido, el contrabando debería ser considerado como delito vinculado con
corrupción y en consecuencia, estar dentro de dicho catálogo en la ley de lucha
contra la corrupción, estableciéndose responsabilidad penal tanto a personas
naturales como jurídicas.
Es menester achicar el tamaño del Estado, porque genera más gasto público que agrava el déficit fiscal; y, lo peor que puede suceder, en el sector público, es que gente arribista, camufle "programas de inversión" bajo el pretexto de mejoramiento de gestión pública, pero que en los hechos sean destinados a programas con sueldos pero que enmascaradamente ingresan como inversión.
Y de esta manera perversa, también podrían emerger muchas otras
malas prácticas, como ser: pretender manejarlos como votantes por sueldos,
efectuar más gastos en publicidad mediática direccionada a su favor, pago en
publicidad a los dueños de medios, difundiéndose un discurso único polarizado
donde el criterio distinto no sea escuchado, bombardeando mediáticamente al
electorado, siendo ésta una sofisticada represión a la libertad de expresión ya
que no consiste en impedir la palabra, sino en organizar que nadie la oiga,
sumado al marketing político, la prebenda, etc., todo eso y más, a costa del
sacrificio, del dinero y del flagelo del formal, quien debe tributar, ser
transparente; y, que ahora, se suma la obligación para determinados grandes
contribuyentes, a violar la privacidad de sus proveedores o clientes, todo a
espaldas de éstos últimos y sin tener siquiera procesos judiciales instaurados
en su contra.