En el año 2014 escribí un artículo
titulado: “los futuros retos de la instrucción”,
el mismo que fue publicado en la prensa nacional. En ella mencionaba cuatro
puntos, a saber: 1) Poseer habilidades blandas bajo un enfoque
conectivista; 2) Conocimiento de idioma extranjero, hábito de selección de la
información y de lectura selectiva; 3) Adaptarse al cambio y a la formación
continua; y, 4) tener conocimientos sobre finanzas personales.
Advirtiendo la importancia de promover
carreras novedosas interdisciplinarias, es decir profesiones que se
complementan con la tecnología, por ejemplo: ingeniería médica, diseñador para
el desarrollo sostenible, biotecnología, ingeniería en robótica industrial,
tecnología educativa, entre otras más.
Actualmente con la crisis global sanitaria
Covid-19 ha provocado a nivel mundial la disrupción tanto en la educación
escolar como en la superior, habiendo migrado muchas de sus clases a
plataformas virtuales.
En ese sentido, debemos ser lo
suficientemente honestos en la búsqueda de una auténtica educación virtual (que cumpla con rigor académico el proceso
de enseñanza aprendizaje, fomentando la comunicación, el pensamiento crítico
reflexivo y la creatividad en los estudiantes, ejecutando las estrategias didácticas, metodológicas, pedagógicas, de objetivos y capacidades, entre otros aspectos más en ambientes virtuales); y,
no caer en el error, el engaño o en la ingenuidad de considerar como formación educativa
el hecho de escuchar y/o participar en varias videoconferencias o conversatorios
virtuales sean nacionales o internacionales (adviértase
que la videoconferencia constituye tan solo un
medio en la fase inicial de una educación virtual), peor aún si se
cobra dinero a cambio sin tener un verdadero respaldo de Instituciones educativas
formales, donde dichas actividades se encuentren debidamente aprobadas según la normativa respectiva y cumpliendo a cabalidad con sus protocolos, como ser: formatos de sus programas académicos,
presupuestos, cargas horarias académicas, aprobación contable, acreditación docente,
entre otras, y todas éstas siguiendo los conductos regulares formales acorde a
las disposiciones legales vigentes.
En el ámbito de la educación superior, los
únicos que pueden acreditar las horas “académicas” son las Universidades y/o
los Institutos conforme a la normativa prevista por el Estado boliviano.
En el caso de Universidades tanto públicas y privadas deben cumplir un procedimiento formal de aprobación de toda actividad académica que realice acorde a su naturaleza (las Universidades públicas tienen regulaciones internas - entre ellas las de auditoría - que cumplir y en el caso de las privadas el Ministerio de Educación tiene potestad sobre ellas) y todos los cobros deben realizarse en sus propias cuentas bancarias de las Universidades, cumpliendo las debidas formalidades y obligaciones tributarias correspondientes, el registro de los certificados emitidos con fines de comprobación, evitando la comercialización ilegal de éstos y el enriquecimiento ilícito de particulares, cuidando de esta manera la buena imagen de dichas instituciones velando por el adecuado uso de sus insignias o marcas distintivas.
Toda actividad privada que genere lucro
debe cumplir con todas las obligaciones estatales regulatorias, el respeto de
normas en materia de competencia y de protección hacia los usuarios y/o los
consumidores.
De no cumplirse con todo lo antes expuesto,
se corre el riesgo de que existan engaños (Ej.:
usar nomenclatura académica para vender algo que no lo es pues no es lo mismo
decir: cursos, seminarios, simposios o jornadas académicas a charlas, diálogos, conversatorios o coloquios), tampoco
se debe prometer algo que no es real sino fingido, máxime si existe como trasfondo
el ánimo de conseguir ganancias con afectación al Estado dado que concurre
evasión fiscal (teniendo en cuenta que el
hecho generador está en Bolivia y los cobros se hacen a cuentas bancarias particulares
sin ningún respaldo de facturación ni de cumplimiento de formalidades académicas),
competencia desleal, estafas, etc., peor aun cuando existen universidades
ficticias que operan en Internet.
Esto debe motivar a que el Estado
boliviano y el sistema financiero nacional hagan una debida fiscalización a
todo este maremágnum de vender algo como si fuese verdaderamente académico
cuando no goza del debido cumplimiento de las formalidades regulatorias
preestablecidas.
Si bien toda crisis genera oportunidades
pero esto no implica incumplir la normativa nacional, atropellar y/o destruir
la institucionalidad de un país. Aquellas oportunidades deben ser cumpliendo
las formalidades establecidas, lo contrario significa ingresar en lo ilícito
y/o lo arbitrario.
Situación distinta son aquellas videoconferencias
gratuitas con fines de marketing o promoción de expertos; o, aquellas actividades
solidarias cuya recaudación producto de coloquios, charlas y/o conversatorios,
entre otros, son también declaradas y entregadas en ayuda a los verdaderamente
necesitados con el respaldo necesario para su constatación.
*Docente (postgraduado tanto en Educación Virtual como en Educación Superior), abogado y autor de varios libros jurídicos.