lunes, 13 de junio de 2016

Penas perpetuas y acumulativas contrarias a la Constitución y al Bloque de Constitucionalidad.

Ciro Añez Núñez

En Bolivia, siete son los delitos con pena máxima de 30 años de presidio, ellos son: el Asesinato (artículo 252 del Código Penal – C.P.), Feminicidio (art. 252 Bis C.P.), Parricidio (artículo 253 del C.P.), Traición a la patria (art. 124 de la Constitución), Espionaje (art. 111 del CP), Padecimientos sexuales (art. 312 Ter C.P.) y Separatismo (art. 129 Bis del C.P.). En relación a los delitos de violación y tráfico de personas cuando como consecuencia de dichos ilícitos se produjere la muerte de la víctima se entenderá como asesinato y se aplicaría la pena de 30 años.